Nuestra América

Perú ¿Por qué cambiar la Constitución es inevitable?

Por Juan Soria*
Hoy el cambio de Constitución está al rojo vivo en Perú. Por lo mismo, es oportuno entender sobre todo sus partes más descollantes. ¿Cómo empezó esta jugada constitucional fujimorista?

A continuación, un pequeño repaso de los hechos y cómo nos afectó y afecta a nivel nación, convirtiéndonos-desde nuestro proyecto de vida hasta nuestra dignidad en una mera MERCANCÍA con la que grandes capitalistas juegan para lograr su mayor rentabilidad:

El mayor botín para la corrupción EN PERÚ, su sueño alibabiano, son nuestros recursos naturales que es donde está el «poder». Alan García, en su primer Gobierno llevó a cabo sus jugadas delictivas ya conocidas. No pudo usurpar, a su gusto, los Recursos Naturales porque las condiciones no estaban dadas. Antes debía cambiar la Constitución y no podía chocar con la de 1979, ya que su «señor» Haya de la Torre la había firmado. ¿Por qué necesitaba cambiar la constitución? Porque requería una que le permitiese expoliar los Recursos Naturales de manera magna, despiadada y sin lugar a reclamo. ¿Y cómo esa nueva Constitución podía permitirlo? Cumpliendo tres requisitos normativos:

Requisitos para crear un paraíso a la inversión privada nacional o extranjera

Que los inversionistas no tengan trabas ni impedimentos para llevarse nuestra riqueza (sin importar que paguen lo justo a los peruanos), obvio, llegando a un acuerdo bajo la mesa con el Gobierno de turno y su cofradía.

Parte de las trabas son los derechos de los trabajadores: la estabilidad laboral y/o el sindicato. Debía acabarse con todo eso.

Y el requisito más importante: “Un gobierno corrupto”.

Entonces, en 1990 Alan inventó al “Chino” Alberto Fujimori (Fuji) para no ser perseguido por sus delitos cometidos y para que sea Fuji quien elimine la Constitución de 1979; ésta, aunque defectuosa para los que creemos en la igualdad, protegía en algo a los Recursos Naturales y al trabajador.

Al cambiar a la Constitución de 1993 entramos a una economía libre, la libertad que cumple los requisitos arriba mencionados. Percátese de los cambios:

PARA EL INVERSOR:

• Constitución 1979- Artículo 115.- “La iniciativa privada es libre. Se ejerce en una economía social de mercado. El Estado estimula y reglamenta su ejercicio para armonizarlo con el interés social”.

• Constitución 1993- Artículo 58.- “La iniciativa privada es libre. Se ejerce en una economía social de mercado. Bajo este régimen, el Estado orienta el desarrollo del país, (…)”.

Por lo tanto, al cambiar la Constitución varió el rol del Estado: con la Constitución de 1979 el Estado estimulaba y reglamentaba (participaba y ponía reglas). Con la Constitución de 1993 el Estado orienta (no pone reglas, solo observa): carta abierta para la inversión privada que, en la práctica, es la que pone las reglas, los límites, etc. Por ej, con su mentada “agenda país”.

PARA EL TRABAJADOR:

• Constitución 1979- Art. 48. “El Estado reconoce el derecho de estabilidad en el trabajo. El trabajador solo puede ser despedido por causa justa, señalada en la ley debidamente comprobada.” De esta forma, si el empleador despide deberá haberlo hecho cuando se cumpla alguna de las causales (falta grave del trabajador, delito doloso, quiebra la empresa); caso contrario sería un despido arbitrario a lo que, de acuerdo a la Constitución de 1979, obliga la REPOSICIÓN. La estabilidad es el derecho del trabajador a conservar su puesto indefinidamente.

• Constitución 1993- Art. 27: “La ley otorga al trabajador adecuada protección contra el despido arbitrario.” Esto significa que la C 1993 acepta el despido – arbitrario. Por consecuencia, permite una indemnización y chao = desempleado. Y esto empeora gracias al artículo 34: El despido del trabajador fundado en causas relacionadas con su conducta o su capacidad no da lugar a indemnización= desempleado.

Al no haber estabilidad laboral, ya no hay gente permanente y, por lo mismo, ni hay tiempo ni tienen razón de ser los sindicatos, al no haber sindicatos ya no hay negociación colectiva, si no hay negociación colectiva ya no hay grandes huelgas. Es así como se rompen los derechos fundamentales del trabajo colectivo. De esta manera, se da carta blanca para las inversiones privadas y quedan desprotegidos los trabajadores.

Es así como, el fujiaprismo, logró el paraíso para las inversiones privadas y dejó sin derechos fundamentales a los trabajadores.

Con respecto al despido arbitrario, en jurisprudencia del TC -ante el despido- sí cabe la reposición como alternativa ante la indemnización (sentencia Llanos Huasco). Por lo tanto, a nivel judicial puede solucionarse, pero en la Constitución no está; por ende, socialmente queda en la nebulosa y, en la práctica, se resuelve en la lucha de clases.

Con los sindicatos, durante “EL FUJIMORISMO SIN FUJIMORI”, en el Gob. de Alejandro Toledo, hacen la Ley Sindical del 2002 que autoriza a cualquier aventurero organizar un sindicato; de manera que puede haber 4, 5 o 6 sindicatos dentro de una misma fábrica o mina, así como muchas federaciones en una sola rama de la producción. Esta Ley (avalada por las burocracias sindicales de la CTP, la CGTP, la CUT y otras camarillas), ha sido hecha para dispersar las fuerzas obreras, esterilizarlas para que no recuperen sus conquistas perdidas ni obtengan nuevas.

El fujiaprismo y la derecha no reivindican a los trabajadores, ni podrían hacerlo porque irían en contra de su esencia doctrinaria y única visión de progreso: la explotación. Ellos, también significan seguir expoliando los Recursos Naturales a diestra y siniestra. La dictadura del libre mercado.

CABE ANOTAR:

ningún teórico ni ninguna experiencia en el planeta permiten creer que primero se modifica un papel, una ley, un dispositivo constitucional burgués y, luego, cambian las estructuras capitalistas antiguas, por otras relucientes y en favor de la justicia e igualdad y, menos, con proyección para eliminar las clases sociales.

No obstante, en Perú, nuestra realidad caótica, inmersa en la corrupción, donde la clase alta abusa y hace lo que quiere y donde la clase baja no existe y no tiene derechos ni nada; no puede continuar.

La resistencia y la dignidad de los pueblos nativos y de los que respetamos nuestra secular cultura, el medio ambiente y al ser humano per se; debe explosionar. Urge cambiar la Constitución y no solo maquillarla.

Notas:

*Periodista peruano

Fuente: Revista digital Marka- Perú

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