El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó, por mayoría de ocho votos contra tres, el acuerdo del Ejecutivo Federal que faculta a las Fuerzas Armadas a participar en tareas de seguridad y rechazó que ello signifique “normalizar” la militarización en el país.
Lo anterior, luego de la controversia constitucional 90/2020, que promovió Laura Rojas, otrora presidenta de la Cámara de Diputados, en contra del acuerdo del 11 de mayo del 2020 que avaló el Congreso de la Unión.
“No es el presente Acuerdo la fuente del Ejército en las calles. Esa fue una decisión del Constituyente donde participó el Congreso de la Unión que, inclusive, ahora acude a la presente controversia constitucional alegando una invasión de competencias legislativas y que, se insiste, no está siendo evaluada en el presente mecanismo de control constitucional”, dijo la ministra Ana Margarita Ríos Farjat.
“El proyecto propone considerar que el acuerdo impugnado no normaliza la militarización, ni constituye una medida que evidencia una renuncia a la formación de una Guardia Nacional, al ser únicamente un reflejo de lo que el Constituyente dispuso en la propia Constitución”, enfatizó la ministra ponente.
Además, estimó que este instrumento normativo permite que las tareas desplegadas por los elementos castrenses en labores de seguridad pública se desarrollen en un estado de legalidad y no de hecho.
El ministro presidente Arturo Zaldívar aclaró que a la Corte no le compete determinar si deben o no utilizarse las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad pública, ni sobre cómo debe enfrentarse el crimen organizado.
“Lo único que nos toca resolver es si el Ejecutivo Federal ejerció correctamente la facultad de disposición sobre las fuerzas armadas permanentes en tareas de seguridad pública que le otorgó el poder reformador de la Constitución en el artículo 5º transitorio del decreto de reformas de marzo del 20192”, expuso.
Se trata, resaltó, de verificar si el acuerdo cumple con los lineamientos constitucionales previstos por la disposición transitoria, no valorar o enjuiciar la política pública en materia de seguridad.
“Quiero insistir en que el hecho de que esta Suprema Corte valide la participación de las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad, hasta en tanto otras instituciones de carácter civil, como la Guardia Nacional, concluyen su integración o adiestramiento, de ninguna manera significa que este Tribunal este autorizando la militarización de la seguridad pública”, recalcó.
Apoyaron la propuesta de Ríos Farjat, los ministros Loretta Ortiz Alhf, Javier Laynez Potisek, Yasmín Esquivel Mossa, Mario Pardo Rebolledo, Norma Piña, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Arturo Zaldívar.
Mientras que sus pares, Luis María Aguilar Morales, Juan Luis González Alcántara Carrancá y Alberto Pérez Dayán, votaron en sentido contrario.
Responden organizaciones
Organizaciones civiles y de derechos humanos, así como Amnistía Internacional México, lamentaron la decisión de la SCJN de avalar el acuerdo del Ejecutivo Federal, mediante el cual se dispone de las Fuerzas Armadas para labores de seguridad hasta el 2024.
“Lamentamos que, por mayoría, la @SCJN_ haya validado el Acuerdo Presidencial por el que se dispone de la Fuerza Armada Permanente para labores de seguridad. Se perdió una oportunidad para que el Poder Judicial actúe como contrapeso ante la #militarización en el país”, tuiteó el Centro Miguel Agustín Pro-Juárez.
De su lado, Intersecta, una organización feminista que se dedica a la promoción de políticas públicas para la igualdad, dijo que con el fallo de la Corte, por mayoría de ocho votos a favor y tres en contra, se impidió ponerle un freno a la militarización del país.
“Llamamos a la @SCJN a proteger nuestros derechos y no validar el #AcuerdoMilitarista. Es momento de poner un alto al avance de la militarización en México”, escribió.
Previo a la discusión, Amnistía Internacional México reiteró que los estándares de derechos humanos establecen la participación de las Fuerzas Armadas solo de manera excepcional y como último recurso.
Además, “el Acuerdo dispone que las Fuerzas Armadas podrán llevar a cabo funciones de investigación del delito, invadiendo las competencias de instituciones policiales, vulnerando los principios de subordinación y complementariedad y atentando contra el derecho al debido proceso”, indicó en redes el organismo internacional.
*Guadalupe Vallejos es periodista de Expansión.
Este artículo fue publicado por Expansión Política.
FOTO DE PORTADA: Jorge Deunes, Reuters.